# Control de plagas en un bar o restaurante: qué exige la ley, cuándo hace falta empresa y qué guardar

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Publicado: 2026-11-01 · Actualizado: 2026-11-01

> Control de plagas en un bar o restaurante dentro del APPCC: qué exige el Reglamento 852/2004, cuándo hace falta una empresa inscrita en el ROESB y qué guardar.

## Respuesta corta

Todo bar o restaurante debe aplicar procedimientos adecuados de lucha contra las plagas (Reglamento (CE) 852/2004, anexo II). Los biocidas de uso por personal profesional especializado solo los aplica personal capacitado de un servicio inscrito en el ROESB de su comunidad: una empresa externa o, si tratas con tu personal en un local de uso público, tu propia inscripción (Real Decreto 830/2010, Orden SCO/3269/2006). Ninguna norma que hayamos leído fija un contrato ni una frecuencia. Prevenir y vigilar lo haces tú.

## Lo esencial

- El Reglamento (CE) 852/2004 obliga a aplicar procedimientos adecuados de lucha contra las plagas (anexo II, capítulo IX, punto 4). Los biocidas de uso profesional especializado solo los aplica personal capacitado de un servicio inscrito en el ROESB. La guía del Gobierno Vasco aclara que la ley no obliga a tratar de forma sistemática, sino a tratar cuando sea necesario, y no fija una frecuencia.
- Los servicios que aplican biocidas a terceros, o con personal propio en locales de uso público, se inscriben antes en el registro de establecimientos y servicios biocidas (ROESB) de su comunidad y designan un responsable técnico (Real Decreto 830/2010, Orden SCO/3269/2006).
- Si aplicas biocidas de uso profesional especializado con tu personal, la Orden SCO/3269/2006 te trata como un servicio y pide inscripción previa. Prevenir (cerrar accesos, limpiar, no dejar restos) y vigilar (revisar y apuntar) sí lo haces tú. Ante la duda, pregunta a tu consejería de sanidad.
- El certificado de cada tratamiento debe recoger, según la guía del Gobierno Vasco, el contratante, la empresa, la fecha, la plaga, la zona, los productos, el plazo de seguridad y la firma del técnico.
- No hemos encontrado una norma que fije cuánto tiempo guardar los registros de plagas. Si tu comunidad o tu guía no lo fija, es buena práctica conservar los certificados mientras dure el contrato y el plan.

Si tienes un bar o un restaurante, el control de plagas forma parte de tu plan APPCC y el inspector puede preguntarte por él. Aquí tienes qué exige la ley, qué puedes hacer tú, cuándo hace falta una empresa registrada, qué debe decir su certificado y qué apuntar tú. Lo hemos revisado en el BOE, en los textos europeos y en las webs de sanidad de Euskadi, Madrid, Cataluña y Andalucía en noviembre de 2026.

## ¿Qué exige la ley sobre control de plagas en un restaurante?

Dos cosas, las dos en el [Reglamento (CE) 852/2004](https://www.boe.es/doue/2004/139/L00001-00054.pdf). Los locales donde se preparan alimentos deben permitir unas prácticas de higiene correctas, "en particular el control de las plagas" (anexo II, capítulo I, punto 2, letra c). Y deben aplicarse "procedimientos adecuados de lucha contra las plagas" (anexo II, capítulo IX, punto 4).

La norma no dice qué procedimientos. Eso lo concreta tu plan, que forma parte del autocontrol que explicamos en [plan APPCC para restaurantes y bares](/plan-appcc-restaurante). La guía del Gobierno Vasco lo resume así: la ley no establece la obligatoriedad de hacer de forma sistemática tratamientos de desinfección, desinsectación y desratización en locales públicos, pero sí la de mantener las instalaciones limpias y libres de plagas. Las empresas alimentarias, añade, deben extremar esa limpieza.

La Comunidad de Madrid incluye el plan de lucha contra plagas entre los ocho planes que propone para el APPCC. Pide que diga quién es el responsable, qué actividades preventivas y de eliminación se hacen, con qué frecuencia, cómo compruebas que funcionan y qué registros guardas.

## ¿Lo puedes hacer tú o necesitas una empresa?

Depende de qué hagas.

Prevenir y vigilar es cosa tuya. Madrid pone como ejemplos de medidas preventivas las mosquiteras, los burletes en las puertas, no dejar acumular restos de comida y las lámparas insectocutoras, y admite que tanto las preventivas como las de eliminación las lleve "personal propio o de entidades externas contratadas (empresas externas autorizadas)". La aplicación de biocidas sigue sujeta al Real Decreto 830/2010. El Gobierno Vasco pide empezar por la limpieza, las barreras físicas (tapar grietas y agujeros) y los métodos físicos y mecánicos, y recurrir a los biocidas solo cuando sea estrictamente necesario.

Aplicar biocidas es otra cosa. El [Real Decreto 830/2010](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2010-11157) exige capacitación a quien aplica insecticidas (tipo 18), rodenticidas (tipo 14) y otros biocidas "autorizados para su uso por personal profesional especializado" (artículo 1). Quedan fuera los de uso por el público en general, es decir, los de venta a particulares, y los de uso por personal profesional. Esos productos tienen sus condiciones en la etiqueta. Si los usa tu personal, confirma con tu consejería qué se te exige. La etiqueta y la ficha del producto en el registro oficial de biocidas deciden en qué categoría cae. La capacitación se acredita, entre otras vías, con un título de formación profesional o un certificado de profesionalidad de "Servicios para el control de plagas" (artículo 4). Los servicios que tratan a terceros, o de forma corporativa, deben designar además un responsable técnico (artículo 5). Y la [Orden SCO/3269/2006](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-18558) obliga a esos servicios a inscribirse en el registro oficial de su comunidad antes de empezar (artículo 3). Por eso el Gobierno Vasco dice que los tratamientos biocidas a terceros los hacen empresas inscritas en el ROESB.

Si lo hace tu propio personal, no es libre. La Orden SCO/3269/2006 llama "carácter corporativo" a los tratamientos con personal propio en espacios de uso público (artículo 2) y exige inscribirlos (artículo 3). En nuestra lectura, un restaurante abierto al público encaja en esa descripción. En Andalucía, el Decreto 60/2012 (artículo 2.c) deja fuera los tratamientos hechos en un único establecimiento por personal propio en sus funciones de mantenimiento, aunque la capacitación del Real Decreto 830/2010 se sigue exigiendo a quien aplica el producto. En las demás comunidades no lo hemos comprobado. Y aunque uses un producto de venta al público, Madrid pide que el uso de plaguicidas esté justificado y no suponga un riesgo químico para los alimentos. Si dudas, pregunta a la consejería de sanidad de tu comunidad.

## ¿Qué debe decir el contrato y el certificado?

El certificado sí tiene contenido definido. Lo firma el responsable técnico (Real Decreto 830/2010, artículo 2). Según el Gobierno Vasco, el documento acreditativo de cada tratamiento debe recoger:

- Los datos del contratante y de la empresa de servicios biocidas.
- La fecha y el tipo de servicio: vigilancia o tratamiento.
- La especie objeto del tratamiento y la zona tratada.
- Las medidas adoptadas y los productos utilizados.
- La hora de inicio y fin y el plazo de seguridad.
- La firma del responsable técnico y de los aplicadores.

Del contrato no hemos encontrado una norma. Como buena práctica, la misma guía te aconseja pedir un programa de control de plagas, con diagnóstico, programa de actuación y evaluación, y toma como referencia la norma UNE 171210:2008. La Comunidad de Madrid, en una página pensada para particulares, añade pedir un presupuesto, la lista de productos con su toxicidad, el calendario, el plazo de seguridad, la garantía y una factura desglosada, y comparar a más de una empresa.

Sobre cuánto guardarlo, no hemos encontrado un plazo en la norma. El Reglamento habla de "un período adecuado" para los registros del autocontrol. Si tu comunidad o tu guía lo fija, cumple ese.

## Tu registro de revisiones

Lo que hace la empresa no sustituye lo que ves tú. Madrid cita como registros los diagnósticos de situación, los listados de comprobación y los partes de trabajo. Un modelo sencillo para una hoja, con una fila por revisión y estas columnas:

- Fecha.
- Número del punto de control o de la trampa.
- Ubicación: almacén, cámara, cocina, barra, basuras, entrada de proveedores.
- Actividad encontrada: sí o no.
- Tipo de indicio: excrementos, envases roídos, insectos, huecos nuevos, trampa activada.
- Medida tomada: limpieza, cierre de un hueco, aviso a la empresa.
- Quién ha revisado.

Pega junto a la hoja el último certificado de la empresa y un plano con la posición de los puntos. Así, cuando alguien pregunte, todo está en el mismo sitio. Puedes llevarla en una tablet, siempre que puedas enseñarla cuando te la pidan.

## ¿Qué pide un inspector de sanidad sobre plagas?

No hemos encontrado una lista oficial de preguntas sobre plagas. Las guías sí dicen qué debe poder enseñar el local. La de Madrid pide un responsable del plan, la descripción de las actividades y sus controles, y los registros que lo prueban. Y las comprobaciones sobre el terreno, como explicamos en el plan APPCC, las ampara el artículo 14 del Reglamento (UE) 2017/625.

Prepárate para tres cosas: el plan y su responsable, el último certificado de la empresa con la prueba de su inscripción, y tus hojas de revisión. Y que lo que ve el inspector coincida con lo escrito. Una hoja que dice "sin incidencias" no ayuda si hay un hueco abierto junto a la puerta trasera.

## ¿Cuánto cuesta un contrato de control de plagas?

No hemos encontrado ninguna empresa inscrita que publique tarifas de contrato para un bar pequeño. El precio dependerá de lo que cubra: el diagnóstico inicial, el número de visitas, los productos y si una plaga activa se cobra aparte. Pide presupuesto a varias empresas, como aconseja Madrid, y pregunta si lleva IVA.

## ¿Y en tu comunidad?

El ROESB lo gestionan las comunidades autónomas, y una inscripción en una vale para trabajar en cualquier otra, según la modificación de la Orden SCO/3269/2006 que hizo el Real Decreto 830/2010, como recoge el [Ministerio de Sanidad](https://www.sanidad.gob.es/areas/sanidadAmbiental/biocidas/implicaAutoridades/coordinacionCCAA/ROESB.htm). Algunas comunidades piden una comunicación, como Andalucía, en los tres meses siguientes al inicio de la actividad (Decreto 60/2012, artículo 14). Cada una tiene su norma y su listado:

- País Vasco: el Decreto 257/2004 crea el registro vasco (ROESB), con un [listado de empresas inscritas](https://www.euskadi.eus/informacion/productos-quimicos-salud-ambiental/web01-a2ingsan/es/) que publica el Gobierno Vasco.
- Madrid: la Orden 700/2010 crea su registro y regula la inscripción, y su [guía de requisitos APPCC](https://www.comunidad.madrid/docs/assets/2021/07/02/requisitos_aplicacion_sistemas_gestion_seguridad_alimentaria_basados_en_appcc_ed_2_020721.pdf) para el plan de plagas.
- Cataluña: se llama [ROESP](https://salutpublica.gencat.cat/ca/ambits/proteccio/registres/roesp/) y la Agència de Salut Pública publica la consulta de empresas.
- Andalucía: el [Decreto 60/2012](https://cdn.juntadeandalucia.es/boja/2012/60/d1.pdf) exige autorización sanitaria además de inscripción.

No hemos revisado las demás comunidades. Busca "ROESB" y el nombre de la tuya, o llama a su consejería de sanidad, y pide a la empresa su número de inscripción antes de firmar.

Si estás abriendo local, el resto de trámites están en [requisitos para abrir un bar o restaurante](/abrir-restaurante-requisitos), y la formación de tu equipo, que también forma parte del autocontrol, está en el [carnet de manipulador de alimentos](/carnet-manipulador-alimentos). Y si estás eligiendo TPV, tienes los [planes de Platomico](https://www.platomico.com/pricing) y su [página de demo](https://www.platomico.com/demo).

## Preguntas frecuentes

### ¿Es obligatorio tener una empresa de control de plagas en un bar?

Todo bar debe aplicar procedimientos adecuados de lucha contra las plagas (Reglamento (CE) 852/2004). Los biocidas de uso por personal profesional especializado solo los aplica personal capacitado de un servicio inscrito en el ROESB de su comunidad: una empresa externa o, si tratas con tu personal en un local de uso público, tu propia inscripción (Real Decreto 830/2010, Orden SCO/3269/2006). Ninguna norma que hayamos leído obliga a tener un contrato fijo, y la guía del Gobierno Vasco recuerda que la ley no obliga a hacer tratamientos rutinarios, pero sí a mantener el local limpio y libre de plagas. Prevenir y vigilar lo haces tú.

### ¿Cada cuánto hay que hacer la desratización?

Ninguna de las normas y guías que hemos leído fija una frecuencia. La guía de la Comunidad de Madrid pide que el plan indique la periodicidad de las actividades según las necesidades del local, y la del Gobierno Vasco parte de un diagnóstico y de un programa de actuación. Es decir, la frecuencia sale de la evaluación del riesgo de tu local y del plan que acordéis con la empresa, no de un calendario legal.

### ¿Qué pide un inspector de sanidad sobre plagas?

No hemos encontrado una lista oficial de preguntas. Las guías indican qué documentos debes poder enseñar: el plan de lucha contra plagas, quién lo aplica, los registros de tus revisiones y, si contratas, los certificados de cada tratamiento y la prueba de que la empresa está inscrita. Además, el inspector mira el local: restos de comida, huecos por los que entran, trampas y señales de actividad.

### ¿Puedo poner yo mismo veneno para ratas en el local?

Primero, las guías piden usar métodos físicos y mecánicos, como cerrar accesos y poner trampas, y dejar los biocidas para cuando sea estrictamente necesario. Quedan fuera del Real Decreto 830/2010 los productos de venta al público, y también los de uso por personal profesional, que tienen sus condiciones en la etiqueta: si los usa tu personal, confirma con tu consejería qué se te exige. La etiqueta y su ficha en el registro de biocidas deciden en qué categoría cae cada producto. Si es de uso por personal profesional especializado, solo lo aplica personal capacitado (Real Decreto 830/2010) y, si lo hace tu personal en un local de uso público, la Orden SCO/3269/2006 pide inscripción previa. En Andalucía (Decreto 60/2012, art. 2.c) se excluye de ese régimen el mantenimiento hecho por personal propio en un único establecimiento, aunque la capacitación se sigue exigiendo a quien aplica el producto. En las demás comunidades no lo hemos comprobado. Consulta a tu consejería antes de poner cebos.

### ¿Cuánto tiempo hay que guardar los certificados de plagas?

No hemos encontrado un plazo en el Reglamento (CE) 852/2004, que habla de un período adecuado, ni en la norma estatal sobre biocidas. Si tu comunidad o la guía que sigues lo fija, cumple ese plazo. Si no, guarda los certificados y tus hojas de revisión mientras estén vigentes el plan y el contrato, y un tiempo razonable después, para poder demostrar lo que hiciste.

## Fuentes

- [Reglamento (CE) 852/2004 relativo a la higiene de los productos alimenticios, anexo II, capítulos I y IX](https://www.boe.es/doue/2004/139/L00001-00054.pdf) — Diario Oficial de la Unión Europea, en BOE
- [Real Decreto 830/2010, normativa reguladora de la capacitación para realizar tratamientos con biocidas, artículos 1, 2, 4 y 5 y disposición final cuarta](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2010-11157) — BOE
- [Orden SCO/3269/2006, bases para la inscripción y el funcionamiento del Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas, artículos 1 a 3](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-18558) — BOE
- [El Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas en las CC.AA.](https://www.sanidad.gob.es/areas/sanidadAmbiental/biocidas/implicaAutoridades/coordinacionCCAA/ROESB.htm) — Ministerio de Sanidad
- [Aspectos a considerar en el control de plagas urbanas (2026)](https://www.euskadi.eus/contenidos/informacion/sanidad_ambiental_quimicos/es_def/adjuntos/PLAGAS-2026.pdf) — Gobierno Vasco, Departamento de Salud
- [Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas (ROESB)](https://www.euskadi.eus/registro/registro-de-productos-quimicos/web01-tramite/es/) — Gobierno Vasco
- [Requisitos para la aplicación de los sistemas de gestión de la seguridad alimentaria basados en los principios del APPCC (edición 2, 2021), plan de lucha contra plagas](https://www.comunidad.madrid/docs/assets/2021/07/02/requisitos_aplicacion_sistemas_gestion_seguridad_alimentaria_basados_en_appcc_ed_2_020721.pdf) — Comunidad de Madrid, Dirección General de Salud Pública
- [Registro empresas biocidas (ROESB), con la Orden 700/2010 (BOCM nº 19, de 24 de enero de 2011)](https://sede.comunidad.madrid/inscripciones-registro/registro-empresas-biocidas) — Comunidad de Madrid, sede electrónica
- [Control de plagas. Sus derechos como consumidor](https://www.comunidad.madrid/node/73409) — Comunidad de Madrid
- [Registre oficial d'establiments i serveis plaguicides (ROESP)](https://salutpublica.gencat.cat/ca/ambits/proteccio/registres/roesp/) — Agència de Salut Pública de Catalunya
- [Decreto 60/2012, por el que se regulan los establecimientos y servicios biocidas de Andalucía y el Registro Oficial, artículos 2, 6 y 14 (BOJA 60, 27 de marzo de 2012)](https://cdn.juntadeandalucia.es/boja/2012/60/d1.pdf) — Junta de Andalucía
- [Planes y precios de Platomico](https://www.platomico.com/pricing) — Platomico
