# IVA en hostelería: qué tipo aplicar en sala, para llevar y a domicilio

URL: https://blog.platomico.com/iva-hosteleria-restaurantes
Publicado: 2026-10-02 · Actualizado: 2026-10-02

> Qué IVA aplicar en un bar o restaurante: 10 % en sala, cuándo el alcohol y los refrescos van al 21 % para llevar o a domicilio, y qué debe mostrar el ticket.

## Respuesta corta

En un bar o restaurante, todo lo que sirves para consumir en el local, comida y bebida, alcohol incluido, lleva un 10 % de IVA como servicio de restauración. Para llevar o a domicilio sin servicio, la comida sigue al 10 %, pero las bebidas alcohólicas y los refrescos, zumos y gaseosas con azúcar o edulcorantes añadidos van al 21 %. Alquilar solo un salón para un evento va al 21 %. Si un ticket mezcla tipos, tiene que separar la base de cada uno.

## Lo esencial

- En sala, servido por tu personal, todo va al 10 %, también la caña y la copa.
- Para llevar y en delivery, el alcohol y las bebidas con azúcar o edulcorantes añadidos van al 21 %.
- El ticket es válido hasta 3.000 € con IVA y, si mezcla tipos, separa la base de cada uno.
- Un mismo producto puede llevar un IVA distinto según el canal, y el TPV tiene que saberlo.

Un sábado por la noche sirves una caña en la barra y, a la vez, sale por delivery un pedido con dos hamburguesas y un pack de cervezas. Las cervezas son las mismas, pero no llevan el mismo IVA. Si el TPV no lo distingue, una de las dos cuentas está mal.

Aquí tienes qué tipo aplicar en cada situación, qué tiene que poner el ticket y qué pedirle a tu TPV. Lo hemos comprobado en la Ley del IVA, el cuadro de tipos de la Agencia Tributaria para 2026 y las consultas de la Dirección General de Tributos el 2 de octubre de 2026.

## En sala, todo al 10 %

El artículo 91 de la [Ley del IVA](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1992-28740) aplica el 10 % a los servicios de hostelería y restaurante y, en general, al suministro de comidas y bebidas para consumir en el acto. Como es un servicio, el tipo es el mismo para todo lo que se sirve: el menú del día, el café, la caña o el gin-tonic.

La Dirección General de Tributos explica cuándo se consume en el acto en su consulta V0499-26. Pasa cuando la comida y la bebida se consumen en tu local y las sirve tu personal. También cuando tu personal las sirve en casa del cliente con tu menaje, manteles y vajilla. En esos casos es una prestación de servicios al 10 %.

## Para llevar y a domicilio

Cuando el cliente se lo lleva o se lo envías con un repartidor, sin servicio, ya no es un servicio de restaurante sino una entrega de bienes. Cada producto lleva entonces su propio tipo:

- La comida preparada va al 10 % (artículo 91.Uno.1.1.º).
- El agua y las bebidas sin alcohol ni azúcar o edulcorantes añadidos van al 10 %.
- Las bebidas alcohólicas van al 21 %.
- Los refrescos, zumos y gaseosas con azúcares o edulcorantes añadidos van al 21 %.
- El pan común, la leche, los quesos, los huevos y la fruta y la verdura sin preparar van al 4 %, si los vendes tal cual.

La consulta V2254-22 aplica estas reglas a una empresa que cocina para enviar a domicilio: comida al 10 % y bebidas al 10 %, salvo las alcohólicas y las que llevan azúcar o edulcorantes añadidos, que van al 21 %.

| Qué vendes | Servido en el local | Para llevar o a domicilio |
|---|---|---|
| Platos, tapas y bocadillos | 10 % | 10 % |
| Agua, café y zumos sin azúcar añadido | 10 % | 10 % |
| Cerveza, vino y copas | 10 % | 21 % |
| Refrescos, zumos y gaseosas con azúcar o edulcorantes añadidos | 10 % | 21 % |
| Pan común, leche, huevos o fruta sin preparar | 10 % | 4 % |

Los mismos tipos aparecen en el [cuadro de tipos del IVA de 2026](https://sede.agenciatributaria.gob.es/static_files/Sede/Tema/IVA/IVA_reperc/Tipos_IVA_2026_26_02_2026.pdf) que publica la Agencia Tributaria.

## Eventos y salones

Si alquilas solo el espacio, por ejemplo el salón para una reunión de empresa, la consulta V0326-14 lo trata como alquiler al 21 %. Si das el banquete, el servicio de restauración va al 10 %, también cuando incluye una actuación musical o baile accesorios en una boda o un bautizo.

Si vendes el salón y el banquete en un mismo paquete, pregunta a tu asesor cómo tributa, porque depende de cómo se contrate.

## Qué tiene que poner el ticket

En hostelería, el ticket, que es una factura simplificada, vale hasta 3.000 € con IVA incluido (artículo 4.2 del [Reglamento de facturación](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2012-14696)). Por encima, como en un banquete grande, necesitas una factura completa.

Lo básico que tiene que llevar el ticket, según el artículo 7:

1. Número y, en su caso, serie, con numeración correlativa.
2. Fecha de expedición.
3. Tu NIF y tu nombre o razón social.
4. Qué vendes.
5. El tipo de IVA aplicado y, si quieres, la mención "IVA incluido".
6. El total.

Si en el mismo ticket hay productos con distintos tipos, tiene que indicar además la base imponible de cada tipo por separado. Y si el cliente es una empresa o un autónomo y te lo pide, el ticket tiene que llevar su NIF, su domicilio y la cuota de IVA. Ese ticket entrará además en la [factura electrónica obligatoria](/factura-electronica-obligatoria-hosteleria) cuando llegue su fecha.

## Lo que tu TPV tiene que hacer

El IVA no depende solo del producto, también del canal. La misma cerveza va al 10 % en la terraza y al 21 % en un pedido a domicilio. Un TPV preparado para hostelería tiene que dejarte:

- Asignar el tipo de IVA a cada producto, y uno distinto según se venda en sala, para llevar o a domicilio.
- Separar en el ticket la base de cada tipo cuando se mezclan.
- Emitir una factura completa, con los datos del cliente, cuando la pide una empresa o se pasa de 3.000 €.
- Registrar cada ticket conforme a Verifactu o, en el País Vasco, a [TicketBAI](/ticketbai-hosteleria).

Platomico emite y registra los tickets conforme a Verifactu y TicketBAI, como indica su [web](https://www.platomico.com/). Con cualquier proveedor, haz una prueba antes de firmar: pide un ticket de sala y otro de delivery con el mismo producto y comprueba los tipos.

**Escribe a Platomico:** https://www.platomico.com/demo?utm_source=blog&utm_medium=llms&utm_campaign=vat-hospitality-restaurants

## Tres errores que conviene evitar

Aplicar el 21 % a las copas servidas en sala. Si el precio de carta lleva el IVA incluido, estás pagando más IVA del que toca con el mismo precio.

Aplicar el 10 % a los refrescos con azúcar y a la cerveza que van en un pedido a domicilio. Ahí pagas de menos, y en una comprobación Hacienda puede reclamarte la diferencia.

Copiar a las plataformas de delivery la carta de sala con sus tipos. Revisa los tipos de las bebidas en cada canal.

A 2 de octubre de 2026, los tipos de la hostelería son los del cuadro de la Agencia Tributaria para 2026. Si vas a cambiar de TPV, exporta el IVA de cada producto antes de dar la baja: te lo contamos en [cambiar de TPV sin cerrar](/cambiar-de-tpv-sin-cerrar). Y para el sistema de registro de tickets, tienes la [guía de Verifactu para restaurantes](/verifactu-restaurantes).

## Preguntas frecuentes

### ¿Qué IVA lleva una cerveza en un bar?

Si se la sirves al cliente en el local, el 10 %, porque es un servicio de restauración. Si la vendes para llevar o a domicilio sin servicio, es una entrega de una bebida alcohólica y va al 21 %.

### ¿Qué IVA lleva la comida a domicilio?

El 10 %. La Dirección General de Tributos lo confirmó en la consulta V2254-22. Las bebidas que van en el pedido también van al 10 %, salvo las alcohólicas y los refrescos, zumos y gaseosas con azúcar o edulcorantes añadidos, que van al 21 %.

### ¿Hasta qué importe puedo dar un ticket en vez de una factura?

En hostelería y restauración, hasta 3.000 € con IVA incluido, según el artículo 4 del Reglamento de facturación. Por encima, por ejemplo en un banquete grande, tienes que emitir una factura completa.

### ¿Qué IVA lleva alquilar el salón para un evento?

Si solo alquilas el espacio, el 21 %, según la consulta V0326-14 de la Dirección General de Tributos. Si das el banquete, el servicio de restauración va al 10 %, aunque incluya una actuación musical accesoria.

### ¿Qué tiene que poner el ticket si hay productos con distinto IVA?

Además del número, la fecha, tus datos, lo que vendes, el tipo aplicado y el total, tiene que indicar por separado la base imponible de cada tipo. Si te lo pide una empresa, añade su NIF, su domicilio y la cuota de IVA.

## Fuentes

- [Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido, artículos 90 y 91 (texto consolidado)](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1992-28740) — BOE
- [Tipos impositivos del IVA 2026](https://sede.agenciatributaria.gob.es/static_files/Sede/Tema/IVA/IVA_reperc/Tipos_IVA_2026_26_02_2026.pdf) — Agencia Tributaria
- [Consultas vinculantes V2254-22, V0499-26 y V0326-14 (buscador de consultas tributarias)](https://petete.tributos.hacienda.gob.es/consultas/) — Dirección General de Tributos
- [Reglamento de facturación, Real Decreto 1619/2012, artículos 4 y 7](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2012-14696) — BOE
