# ¿Es obligatorio dar ticket en un bar? Factura simplificada, factura completa y Verifactu

URL: https://blog.platomico.com/obligatorio-dar-ticket-bar
Publicado: 2026-10-03 · Actualizado: 2026-10-03

> Sí, es obligatorio dar ticket en un bar: se entrega al cobrar, vale hasta 3.000 € y desde 2027 lleva el QR de Verifactu. Qué dice el Real Decreto 1619/2012.

## Respuesta corta

Sí, como regla general es obligatorio dar ticket en un bar. El Real Decreto 1619/2012 obliga a expedir factura por cada venta y a entregarla al cliente en ese momento (artículos 2, 11 y 18). En un bar es el ticket, una factura simplificada válida hasta 3.000 € con IVA incluido. La ley de consumidores exige además entregar un justificante en toda venta a un consumidor (artículo 63.1). Desde 2027, con Verifactu, el ticket del TPV llevará un código QR.

## Lo esencial

- El ticket se expide en el momento de la venta y se entrega al cliente en ese mismo momento, lo pida o no (Real Decreto 1619/2012, artículos 11, 17 y 18).
- En un bar, el ticket es una factura simplificada y vale hasta 3.000 € con IVA incluido (artículo 4.2). Por encima hace falta una factura completa.
- Si el cliente es una empresa o un autónomo y lo pide, el ticket tiene que llevar su NIF, su domicilio y la cuota de IVA (artículo 7.2).
- Verifactu llega el 1 de enero de 2027 para las sociedades y el 1 de julio de 2027 para autónomos y comunidades de bienes. El ticket del TPV llevará un código QR que el cliente puede comprobar.
- En el País Vasco rige TicketBAI, también para los justificantes de las ventas sin obligación de factura. Navarra tiene su propio régimen.

Un cliente se toma un café en la barra, deja un euro y medio y se va sin ticket. ¿Pasa algo? Aquí tienes lo que dicen el Reglamento de facturación, la ley de consumidores y Verifactu sobre el ticket en un bar: cuándo hay que darlo, qué puede pedir una empresa, qué pasa en módulos y qué cambia en 2027. Lo hemos revisado en el BOE y en las preguntas frecuentes de la Agencia Tributaria en octubre de 2026.

## ¿Es obligatorio dar ticket en un bar?

Sí. El [Reglamento de facturación](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2012-14696), aprobado por el Real Decreto 1619/2012, obliga a los empresarios y profesionales a expedir factura por las ventas de su actividad, «sin más excepciones que las previstas en él», también en los regímenes especiales del IVA (artículo 2.1). En un bar, esa factura es el ticket. El reglamento lo llama factura simplificada.

La factura se expide «en el momento de realizarse la operación» (artículo 11.1), y el original se entrega al cliente en ese mismo momento (artículos 17 y 18). No basta con que quede en el sistema. El ticket es para el cliente, lo pida o no. Si el cliente es una empresa o un autónomo que actúa como tal, tienes plazo hasta antes del día 16 del mes siguiente.

La ley de consumidores lo refuerza. En los contratos con consumidores «se entregará recibo justificante, copia o documento acreditativo» (artículo 63.1 del [texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-20555)). Y el cliente tiene derecho a recibir la factura en papel sin pagar nada (artículo 63.3).

No expedir facturas se multa con el 2 % del importe de las operaciones afectadas, o con 300 € por operación si no se conoce el importe. No entregarlas o expedirlas sin los requisitos, con el 1 %. Son las multas del artículo 201 de la [Ley General Tributaria](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-23186), y se duplican si el incumplimiento es sustancial.

## Ticket o factura: qué tienes que dar en cada caso

El artículo 4 permite el ticket hasta 400 € con IVA incluido en cualquier negocio, y hasta 3.000 € en los «servicios de hostelería y restauración prestados por restaurantes, bares, cafeterías» y locales parecidos. Según el artículo 7.1, lleva el número y la serie si la hay, la fecha, tu NIF y tu nombre, qué vendes, el tipo de IVA y el total, con la base de cada tipo si los mezclas. Lo tienes desarrollado en [IVA en hostelería](/iva-hosteleria-restaurantes).

| Situación | Qué tienes que dar | Real Decreto 1619/2012 |
|---|---|---|
| Cliente particular, hasta 3.000 € con IVA incluido | Ticket (factura simplificada) | Artículos 4.2 y 7.1 |
| Empresa o autónomo que te pide sus datos | Ticket con su NIF, su domicilio y la cuota de IVA | Artículo 7.2 |
| Particular que lo necesita para un trámite fiscal | Ticket con sus datos y la cuota de IVA | Artículo 7.3 |
| Más de 3.000 € con IVA incluido | Factura completa | Artículos 4.2 y 6 |

Si una empresa te pide factura por una comida de menos de 3.000 €, el artículo 7.2 te obliga a añadir al ticket su NIF, su domicilio y la cuota de IVA por separado. No hace falta una factura completa, aunque también puedes hacerla. Ese ticket con datos de una empresa entrará en la [factura electrónica obligatoria](/factura-electronica-obligatoria-hosteleria) cuando llegue su fecha (artículo 8 bis).

La cuenta que llevas a la mesa no es el ticket. La Agencia Tributaria admite documentos previos «sin validez fiscal» siempre que se sustituyan por la factura o la factura simplificada y «esta se entregue al cliente», según sus [preguntas frecuentes](https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/iva/sistemas-informaticos-facturacion-verifactu/preguntas-frecuentes/cuestiones-generales-conceptos-definiciones.html).

## ¿Y si el bar está en módulos?

Es la excepción que más se confunde. El artículo 3.1.c del reglamento no exige factura en las actividades acogidas al régimen simplificado del IVA, que es la parte del IVA de los módulos. Tiene una razón: en ese régimen, la cuota de IVA se calcula con módulos fijos como el personal empleado, la potencia eléctrica, las mesas o los metros de barra (anexo II de la [Orden HAC/1425/2025](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2025-25272), índices y módulos del régimen especial simplificado del IVA). Lo que cobras sigue contando: los ingresos deciden si puedes seguir en módulos (artículo 122 de la [Ley del IVA](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1992-28740)).

No es para cualquier bar. Solo pueden estar en él las personas físicas y las entidades en régimen de atribución de rentas, como las comunidades de bienes (artículo 122 de la Ley del IVA). Una sociedad limitada no puede. En 2026 entran los restaurantes de uno y dos tenedores con hasta 10 personas empleadas y las cafeterías y bares con hasta 8, dentro de unos límites de ingresos y de compras. Si renuncias a módulos en el IRPF o te excluyen, sales también del régimen simplificado del IVA (artículo 122 de la Ley del IVA) y tienes que facturar cada venta (artículo 26).

Aun en módulos, hay que hacer factura cuando el cliente es una empresa, un autónomo o una Administración pública, «con independencia del régimen de tributación» del bar, y cuando el cliente la pide «para el ejercicio de cualquier derecho de naturaleza tributaria» (artículo 2.2).

Y la ley de consumidores no distingue regímenes fiscales. El justificante del artículo 63.1 se entrega en toda venta a un consumidor, también en un bar en módulos. Lo que cambia es si ese justificante es una factura, y eso decide si le aplica Verifactu.

## Qué añade Verifactu desde 2027

Verifactu no cambia cuándo hay que dar ticket. Cambia cómo lo emite el programa. El TPV genera un registro de cada ticket «de forma simultánea o inmediatamente anterior» a su expedición, encadenado con el anterior, y ese registro no se puede borrar ni cambiar sin dejar rastro (artículos 8 y 9 del reglamento del [Real Decreto 1007/2023](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2023-24840)).

Es obligatorio desde el 1 de enero de 2027 si tu bar es una sociedad que paga el Impuesto sobre Sociedades, y desde el 1 de julio de 2027 si eres autónomo o una comunidad de bienes. Son las fechas del [Real Decreto-ley 15/2025](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2025-24446).

El cliente verá un código QR. Lo llevan todas las facturas que salen de un programa sujeto a Verifactu, también los tickets (artículos 6.5 y 7.5 del Reglamento de facturación), y según la Agencia Tributaria va al principio, antes del resto del contenido. Si el programa envía todos los registros a la Agencia Tributaria, el ticket lleva además la frase «VERI*FACTU» o «Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT». Tener un programa que no cumple y no está certificado se multa con 50.000 € por año (artículo 201 bis de la Ley General Tributaria). Más detalle en la [guía de Verifactu para restaurantes](/verifactu-restaurantes).

¿Y los bares en módulos? Las [preguntas frecuentes](https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/iva/sistemas-informaticos-facturacion-verifactu/preguntas-frecuentes/cuestiones-generales-ambitos-aplicacion.html) de la Agencia Tributaria, actualizadas en julio de 2026, contestan así a quien solo opera en régimen simplificado del IVA: «No con carácter general, ya que los obligados a este régimen no están obligados a expedir factura, salvo determinadas excepciones». Pero tendrá que cumplir Verifactu en cuanto expida facturas con un programa informático, por obligación o de forma voluntaria.

La misma página aclara que, en las ventas sin obligación de factura, los justificantes que no son facturas quedan fuera. Pero cuando el cliente es una empresa, o te pide factura para un trámite fiscal, tienes que hacerla, y si la haces con el TPV, el TPV tiene que cumplir. Si tu ticket lleva número, fecha, tu NIF y tu nombre, qué vendes, el tipo de IVA y el total, tiene los datos de una factura simplificada (artículo 7.1). Confírmalo con tu asesor antes del 1 de julio de 2027.

## ¿Y en el País Vasco y Navarra?

Verifactu solo se aplica a quien tiene su domicilio fiscal en territorio común (artículo 1.3 del reglamento de Verifactu). En Álava, Bizkaia y Gipuzkoa rige TicketBAI. Según el [Gobierno Vasco](https://www.euskadi.eus/ticketbai/), afecta a todas las personas y entidades con actividad económica que tributan en las haciendas forales vascas. El programa firma cada factura, le añade un código TicketBAI y un QR y envía los registros a la hacienda foral, como explicamos en [TicketBAI en hostelería](/ticketbai-hosteleria).

En los tres territorios, TicketBAI llega más lejos que Verifactu. Se aplica también a los justificantes de las ventas sin obligación de factura, como las del régimen simplificado del IVA, según las preguntas frecuentes de las haciendas forales de [Álava](https://web.araba.eus/documents/d/araba/faqs-v-10-pdf) y [Gipuzkoa](https://www.gipuzkoa.eus/es/web/ogasuna/ticketbai/faq) y de [Batuz](https://www.batuz.eus/es/preguntas-frecuentes) en Bizkaia.

Navarra tiene su propio régimen fiscal. Su Gobierno anunció en 2025 un sistema propio, [NaTicket](https://www.navarra.es/es/-/nota-prensa/el-gobierno-de-navarra-aprueba-el-plan-de-lucha-contra-el-fraude-para-el-periodo-2025-2027), y en octubre de 2026 no hemos encontrado una fecha publicada. Si tributas allí, consulta con tu asesor.

## Si eres cliente: cómo pedir el ticket y dónde reclamar

Pídelo al pagar. El bar tiene que dártelo en ese momento y, si lo quieres, en papel. Si pagas por tu empresa, pide que lleve el NIF y el domicilio de la empresa y la cuota de IVA.

Desde 2027 podrás comprobarlo con el móvil. Al escanear el QR, la Agencia Tributaria responde «Factura encontrada» o «Factura no encontrada» si el ticket sale de un sistema VERI*FACTU, y «Factura no verificable» si el sistema guarda los registros sin enviarlos, según sus [preguntas frecuentes](https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/iva/sistemas-informaticos-facturacion-verifactu/preguntas-frecuentes/posibilidad-remision-informacion-factura-parte-receptor.html).

Si no te dan el ticket, pide la hoja de reclamaciones. Las regulan las comunidades autónomas, cada una con sus normas, y el [Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030](https://www.dsca.gob.es/es/consumo/legislacion-hojas-reclamaciones-comunidades-autonomas) recoge la de cada comunidad. También puedes acudir a la oficina de consumo de tu ayuntamiento o de tu comunidad.

En Navarra no hay hoja oficial desde 2019 (Decreto Foral 15/2019). Allí reclamas primero al local, que tiene que darte un justificante y contestarte en un mes como máximo. Si no responde o no te convence, acudes a los servicios de consumo ([Ley Foral 34/2022](https://www.boe.es/eli/es-nc/lf/2022/12/12/34/con), artículos 24 y 26). Si solo quieres denunciar que no dan ticket, puedes ir directamente a consumo (artículo 26.4).

## Qué revisar en tu bar

1. Que cada venta salga con su ticket en el momento: la barra, la terraza y lo que se va para llevar.
2. Que la cuenta que llevas a la mesa se sustituya siempre por el ticket al cobrar.
3. Que quien cobra sepa añadir el NIF, el domicilio y la cuota de IVA cuando una empresa los pide, y hacer una factura completa por encima de 3.000 €.
4. Que tu TPV esté adaptado a Verifactu antes de tu fecha y que los tickets lleven el QR. Te contamos cómo comprobarlo en [¿existe el TPV homologado por Hacienda?](/tpv-homologado-hacienda).
5. Si estás en módulos, que tu asesor confirme qué documento emites y si le aplica Verifactu.
6. Que al cerrar, la suma de los tickets cuadre con la caja. Si no cuadra, mira el [descuadre de caja en el restaurante](/descuadre-de-caja-restaurante).

Si estás eligiendo TPV, empieza por la normativa de tu territorio. Platomico cumple Verifactu y TicketBAI. Tienes su punto de venta en la [página de Register](https://www.platomico.com/register) y sus [planes](https://www.platomico.com/pricing).

## Preguntas frecuentes

### ¿Puedo no dar el ticket si el cliente no lo pide?

No. El Real Decreto 1619/2012 dice que la factura se expide en el momento de la venta (artículo 11) y que el original se entrega al cliente en ese mismo momento (artículos 17 y 18). No depende de que el cliente lo pida. Además, la ley de consumidores dice que en los contratos con consumidores «se entregará recibo justificante, copia o documento acreditativo» (artículo 63.1). No expedir facturas se multa con el 2 % de las operaciones afectadas (artículo 201 de la Ley General Tributaria).

### ¿Hasta qué importe vale un ticket en un bar?

Hasta 3.000 € con IVA incluido. El artículo 4.2 del Real Decreto 1619/2012 permite la factura simplificada hasta ese importe en los servicios de bares, restaurantes y cafeterías y en las comidas y bebidas para consumir en el acto. Por encima, por ejemplo en un banquete grande, tienes que hacer una factura completa con los datos del artículo 6.

### ¿Un bar en módulos tiene que dar ticket?

Tiene reglas propias, pero siempre tiene que entregar un justificante al cliente. El artículo 3.1.c del Real Decreto 1619/2012 no exige factura en las actividades del régimen simplificado del IVA, que es el de los módulos. Sí hay que hacerla cuando el cliente es una empresa, un autónomo o una Administración pública, o cuando la pide para un trámite fiscal (artículo 2.2). Y la ley de consumidores exige entregar un justificante en toda venta a un consumidor (artículo 63.1). Si el bar emite facturas simplificadas con un programa, la Agencia Tributaria dice que ese programa tiene que cumplir Verifactu. En el País Vasco, esos justificantes pasan también por TicketBAI.

### ¿La cuenta que llevo a la mesa sirve como ticket?

No. La Agencia Tributaria permite emitir documentos previos o proforma «sin validez fiscal» siempre que se sustituyan por la factura o la factura simplificada y esta se entregue al cliente. Esos documentos previos no llevan el código QR de Verifactu. Las haciendas forales vascas añaden que la cuenta previa no puede llevar el QR ni el código TicketBAI y tiene que indicar que no es definitiva.

### ¿Qué hago si un bar no me da el ticket?

Pídelo al pagar: el bar tiene que dártelo en ese momento y, si lo quieres, en papel y sin coste (artículo 63.3 de la ley de consumidores). Si no te lo dan, pide la hoja de reclamaciones. Las regulan las comunidades autónomas, cada una con sus normas, y el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 recoge la de cada comunidad. También puedes acudir a la oficina de consumo de tu ayuntamiento o de tu comunidad. En Navarra no hay hoja oficial desde 2019 (Decreto Foral 15/2019): reclamas primero al local, que tiene que darte un justificante y contestarte en un mes como máximo, y después, si no responde o no te convence, a los servicios de consumo (Ley Foral 34/2022, artículos 24 y 26). Si solo quieres denunciar que no dan ticket, puedes ir directamente a consumo (artículo 26.4).

### ¿Qué cambia en el ticket con Verifactu?

El ticket llevará un código QR, por regla general al principio, y el TPV generará un registro de cada ticket al emitirlo que no se puede borrar sin dejar rastro. Si el sistema envía los registros a la Agencia Tributaria, el ticket lleva además la frase «VERI*FACTU». En territorio común es obligatorio desde el 1 de enero de 2027 para las sociedades y desde el 1 de julio de 2027 para el resto, según el Real Decreto-ley 15/2025. En el País Vasco rige TicketBAI.

## Fuentes

- [Real Decreto 1619/2012, Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación (texto consolidado)](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2012-14696) — BOE
- [Real Decreto Legislativo 1/2007, texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, artículo 63](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-20555) — BOE
- [Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido, artículo 122](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1992-28740) — BOE
- [Orden HAC/1425/2025, módulos del IRPF y régimen simplificado del IVA para 2026](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2025-25272) — BOE
- [Ley 58/2003 General Tributaria, artículos 201 y 201 bis](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-23186) — BOE
- [Real Decreto 1007/2023, requisitos de los sistemas informáticos de facturación (texto consolidado)](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2023-24840) — BOE
- [Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2025-24446) — BOE
- [Preguntas frecuentes: ámbitos de aplicación](https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/iva/sistemas-informaticos-facturacion-verifactu/preguntas-frecuentes/cuestiones-generales-ambitos-aplicacion.html) — Agencia Tributaria
- [Preguntas frecuentes: código QR y frase VERI*FACTU](https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/iva/sistemas-informaticos-facturacion-verifactu/preguntas-frecuentes/posibilidad-remision-informacion-factura-parte-receptor.html) — Agencia Tributaria
- [Preguntas frecuentes: conceptos y definiciones](https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/iva/sistemas-informaticos-facturacion-verifactu/preguntas-frecuentes/cuestiones-generales-conceptos-definiciones.html) — Agencia Tributaria
- [TicketBAI](https://www.euskadi.eus/ticketbai/) — Gobierno Vasco
- [TicketBAI: preguntas frecuentes](https://www.gipuzkoa.eus/es/web/ogasuna/ticketbai/faq) — Diputación Foral de Gipuzkoa
- [TicketBAI: preguntas frecuentes (versión 10), preguntas 1.7, 10.9 y 10.14](https://web.araba.eus/documents/d/araba/faqs-v-10-pdf) — Diputación Foral de Álava
- [Batuz: preguntas frecuentes](https://www.batuz.eus/es/preguntas-frecuentes) — Diputación Foral de Bizkaia
- [El Gobierno de Navarra aprueba el Plan de Lucha contra el Fraude 2025-2027, con el proyecto NaTicket](https://www.navarra.es/es/-/nota-prensa/el-gobierno-de-navarra-aprueba-el-plan-de-lucha-contra-el-fraude-para-el-periodo-2025-2027) — Gobierno de Navarra
- [Legislación sobre hojas de reclamaciones por comunidades autónomas](https://www.dsca.gob.es/es/consumo/legislacion-hojas-reclamaciones-comunidades-autonomas) — Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030
- [Ley Foral 34/2022, reguladora del Estatuto de las personas consumidoras y usuarias (texto consolidado)](https://www.boe.es/eli/es-nc/lf/2022/12/12/34/con) — BOE
