# TPV para panadería: venta por pieza o al peso, IVA del pan, sobrantes, encargos y cafetería

URL: https://blog.platomico.com/tpv-panaderia
Publicado: 2026-10-03 · Actualizado: 2026-10-03

> Qué necesita un TPV para panadería y cafetería: báscula verificada si vendes al peso, pan al 4 % de IVA, pan sobrante, alérgenos y encargos de roscón.

## Respuesta corta

Un TPV para panadería cobra en segundos lo que más sale en la hora punta de la mañana, aplica a cada producto su IVA, guarda los encargos con su señal y, si tienes mesas, manda los cafés a la barra. Si vendes al peso a diario, elige uno que lea una báscula verificada. En 2026, el pan, común o especial, va al 4 % de IVA, y la bollería, la pastelería y el café en tu local, al 10 % (fuera de Canarias, Ceuta y Melilla).

## Lo esencial

- Si pesas a diario, necesitas una báscula con control metrológico, y te conviene un TPV que la lea. Platomico no se conecta a básculas. Ágora y Hiopos publican esa conexión.
- El pan, común o especial, va al 4 % de IVA en 2026. El pan común estuvo al 0 % de enero de 2023 a septiembre de 2024 y al 2 % el resto de 2024.
- La misma barra va al 4 % si se la lleva el cliente y al 10 % si forma parte de una tostada en tu mesa.
- El pan común se vende en las 24 horas siguientes a su cocción. El de ayer va aparte, con cartel, y avisando al cliente.
- La señal de un encargo lleva su ticket y su IVA el día que la cobras.

Martes, ocho menos cuarto. En la cola hay seis personas: dos barras y un café para llevar, una chapata integral cortada, seis cruasanes para una oficina. En la mesa del fondo esperan dos cafés con leche y una tostada. Y alguien pregunta si ya se puede encargar el roscón.

Aquí tienes qué necesita un TPV para panadería y para panadería cafetería: vender por pieza o al peso, la hora punta, el IVA de cada producto, el pan que sobra, los alérgenos y los encargos. Lo hemos revisado en octubre de 2026.

## Qué necesita un TPV para panadería

El TPV de una panadería tiene que:

1. Cobrar en segundos lo que más sale.
2. Leer una báscula verificada, si vendes al peso cada día.
3. Aplicar a cada producto su IVA, y cambiarlo si se toma en el local.
4. Mandar los cafés y las tostadas a quien los prepara, con su mesa.
5. Contar las ventas de cada pieza por día y por hora, para hornear lo justo.
6. Guardar los encargos con fecha, nombre y señal.
7. Tener a mano los alérgenos de cada producto.

## ¿Vendes por pieza o al peso?

La mayoría de las panaderías venden el pan por pieza. Entonces el cartel o la etiqueta indica también el peso de la pieza ([Real Decreto 308/2019](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2019-6994), artículo 15.2). Y como el pan debe indicar su cantidad, lleva además el precio por kilo ([Real Decreto 3423/2000](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2000-24118), artículo 3.2).

Si vendes al peso, como la hogaza a cortes o las pastas, la báscula que fija el precio está sometida a control metrológico ([Real Decreto 244/2016](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2016-5530), anexo VI, artículo 1.2). Una báscula nueva lleva el marcado CE seguido de una M y los dos últimos dígitos del año (anexo III, artículo 1.3). Cada dos años pasa la verificación periódica con tu comunidad autónoma o un organismo autorizado ([Orden ICT/155/2020](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2020-2573), anexo I, apartado 5). Lo que vendes a granel lleva a la vista solo el precio por kilo (Real Decreto 3423/2000, artículo 3.4).

Si el TPV lee la báscula y calcula el importe, su pantalla también cuenta: en la venta directa al público, los indicadores del peso que ven el vendedor y el cliente tienen que cumplir los requisitos esenciales (Real Decreto 244/2016, anexo VI, apéndice I). Pide al proveedor que confirme por escrito que el certificado de la báscula cubre la conexión con su TPV. Verifactu afecta al programa que emite los tickets. Si tu báscula imprime los tickets de venta, ese programa también tiene que cumplirlo ([Real Decreto 1007/2023](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2023-24840), artículo 1.2 de su reglamento). En el País Vasco se aplica TicketBAI, y Navarra tiene su propio sistema. Lo contamos en [Verifactu en restaurantes](/verifactu-restaurantes).

Platomico no se conecta a básculas. Si vendes al peso de vez en cuando, puedes pesar en una báscula verificada que calcule el precio y teclear el importe en caja. Si pesas a diario, teclear cada peso en hora punta es lento y da errores: te conviene un sistema que lea la báscula, como los que verás más abajo.

## La hora punta de las ocho

Entre las siete y media y las nueve se juntan el pan, el desayuno y los pedidos de oficina:

1. Pon a un toque la barra, la media barra, el cruasán y el café con leche.
2. Cobra en caja y que el café salga en una pantalla o un ticket junto a la cafetera, con la mesa o el nombre.
3. Ten un botón para llevar o para tomar aquí, porque cambia el IVA de algunos productos.
4. Prepara cambio. Con tickets de 1,20 €, pregunta a tu banco si el datáfono tiene un mínimo por operación.
5. Deja listos la víspera los pedidos de oficina.

Más ideas, en [cómo reducir los tiempos de espera](/reducir-tiempos-espera-restaurante).

## ¿Qué IVA lleva cada cosa en una panadería?

El pan, común o especial, va al 4 % de IVA, la bollería y la pastelería al 10 %, y lo que se toma en tu local, al 10 %.

| Qué vendes | IVA | Dónde lo dice |
|---|---|---|
| Pan para llevar, común o especial: barra, chapata, integral, de molde, de Viena o sin gluten | 4 % | Ley del IVA, artículo 91.Dos.1.1º a), y Resolución de la DGT de 24/02/2025 |
| Bollería, pastelería y roscón para llevar | 10 % | Ley del IVA, artículo 91.Uno.1.1º |
| Café, tostadas y todo lo que se toma en el local | 10 % | Ley del IVA, artículo 91.Uno.2.2º |
| Café, y zumos sin azúcares ni edulcorantes añadidos, para llevar | 10 % | Ley del IVA, artículo 91.Uno.1.1º |
| Refrescos y zumos con azúcares o edulcorantes añadidos, para llevar | 21 % | Ley del IVA, artículo 90.Uno |

La [Ley del IVA](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1992-28740) solo nombra el pan común, pero Hacienda aplica el 4 % a todo el pan de la norma de calidad (Real Decreto 308/2019), también al especial y al sin gluten. Lo dice la [Resolución de la Dirección General de Tributos de 24 de febrero de 2025](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2025-3950), tras la sentencia 1610/2024 del Tribunal Supremo, y la consulta [V0280-25](https://petete.tributos.hacienda.gob.es/consultas/?num_consulta=V0280-25) lo aplica al pan de molde. La bollería y la pastelería tienen su propia norma de calidad ([Real Decreto 496/2010](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2010-7714)), no son pan y siguen al 10 %. Si dudas con una pieza, como un brioche, pregunta a tu asesor.

Desde el 1 de marzo de 2026, el pan sin gluten que cumple la definición de pan común puede llamarse pan común ([Real Decreto 142/2026](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2026-4519), artículo noveno). Para el IVA ya iba al 4 %.

El pan común estuvo al 0 % del 1 de enero de 2023 al 30 de septiembre de 2024, y al 2 % hasta final de 2024, según la [tabla de 2024](https://sede.agenciatributaria.gob.es/static_files/Sede/Tema/IVA/IVA_reperc/Tipos_IVA_2024.pdf) de la Agencia Tributaria. Su [tabla de 2026](https://sede.agenciatributaria.gob.es/static_files/Sede/Tema/IVA/IVA_reperc/Tipos_IVA_2026.pdf) lo recoge al 4 %. Si tu TPV aún tiene un tipo de entonces, cámbialo. Si cobras el pan de molde al 10 %, cámbialo también.

La misma barra va al 4 % si se la lleva el cliente y al 10 % si forma parte de una tostada en tu mesa, porque eso ya es servicio de restauración. En Canarias se aplica el IGIC, y en Ceuta y Melilla, el IPSI, con sus propios tipos. El resto, en [el IVA en hostelería](/iva-hosteleria-restaurantes).

## El pan que sobra

El pan común se vende en las 24 horas siguientes a su cocción (Real Decreto 308/2019, artículo 15.1). Después, solo separado del pan del día, nunca en sus mismas estanterías, con un cartel que diga que se coció hace más de 24 horas y avisando de palabra al cliente.

En el TPV, crea "pan del día anterior" como un producto con su propio precio. Así ves cuánto vendes y cuánto pierdes. Mira las ventas de cada pieza por día y por hora, y apunta al cerrar lo que sobra: el TPV no ve lo que tiras. Si tres lunes seguidos te quedan quince barras, hornea menos los lunes.

La [Ley 1/2025](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2025-6597) fija un orden (artículo 5): primero, evitar que sobre. Lo que sobra y sigue siendo apto se transforma en otros alimentos o se dona. El plan de prevención y los acuerdos de donación (artículo 6.4) no obligan a las microempresas, de menos de diez personas y hasta 2 millones de euros, ni a los locales de 1.300 m² o menos, salvo que con el mismo NIF sumes más. En la cafetería, el cliente puede llevarse lo que no termine sin coste adicional, salvo el envase de plástico de un solo uso (artículo 8). Más, en [la ley de desperdicio alimentario](/ley-desperdicio-alimentario-restaurantes).

## Alérgenos y gluten en el mostrador

Casi todo lo que vendes lleva algún alérgeno del anexo II del [Reglamento (UE) 1169/2011](https://www.boe.es/doue/2011/304/L00018-00063.pdf): gluten, huevo, leche, frutos de cáscara como la almendra o la avellana, y sésamo en algunos panes.

Lo que vendes sin envasar lleva su denominación y sus alérgenos ([Real Decreto 126/2015](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-2293), artículo 4.1), en una etiqueta o un cartel junto al producto (artículo 6.2). Los alérgenos también puedes darlos de palabra, si los tienes por escrito en el local y un cartel visible avisa de que el personal informa (artículo 6.5). Lo que envasas tú para venderlo en tu tienda, como una bolsa de magdalenas, lleva el etiquetado completo del reglamento europeo, salvo la información nutricional (artículo 5.1).

Solo puedes poner "sin gluten" si el producto, tal como lo vendes, no pasa de 20 mg de gluten por kilo ([Reglamento de Ejecución (UE) 828/2014](https://www.boe.es/doue/2014/228/L00005-00008.pdf), anexo). En un obrador donde se trabaja harina de trigo, eso es difícil de asegurar. Si no puedes asegurarlo, díselo al cliente.

En el TPV, cada producto lleva sus alérgenos, para que en el mostrador y en las mesas se responda lo mismo. El resto, en [alérgenos en la carta](/alergenos-carta-restaurante).

## Encargos: tartas y roscón de Reyes

El 5 de enero por la tarde y el 6 por la mañana se recogen casi todos los roscones. Apunta cada encargo con nombre, teléfono, tamaño, relleno, día y franja de recogida, y saca de ahí la lista de producción de cada día.

Si pides señal, cóbrala con su ticket. El IVA de un pago anticipado se devenga cuando lo cobras (Ley del IVA, artículo 75.Dos), y el [Real Decreto 1619/2012](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2012-14696) obliga a documentarlo (artículo 2.1). El roscón va al 10 %. En la recogida cobras el resto con otro ticket que descuenta la señal. Al tomar el encargo, informa de los alérgenos: un roscón suele llevar gluten, huevo y leche, y frutos de cáscara si lleva almendra.

Si quieres vender roscones por internet, mira si el cliente puede elegir el día de recogida.

## Qué TPV elegir para tu panadería

La primera pregunta es si pesas cada día. Si es así, mira los sistemas que publican la conexión con básculas, como estos dos.

[Ágora](https://www.agorapos.com/pricing/) cuesta desde 34 € al mes por local, más IVA, en el plan Basic, con un dispositivo. Su tabla de precios marca "Conexión con Balanzas" en todos los planes, como "Software/Hardware integrado", y tiene páginas de integración con [Dibal](https://www.agorapos.com/blog/integracion/dibal/), [Grupo Epelsa](https://www.agorapos.com/blog/integracion/grupo-epelsa/) y [Mettler](https://www.agorapos.com/blog/integracion/mettler/). La misma página dice "Hardware y servicios no incluidos". Encaja si pesas a diario y quieres una cuota publicada y un distribuidor cerca.

[Hiopos](https://www.hiopos.com/es/panaderias-y-pastelerias) tiene una página para panaderías que dice "Enlaza HIOPOS con tus balanzas y automatiza la venta de tus productos por peso", y vende su propia [TS20](https://www.hiopos.com/es/ts20), una "balanza comercial con punto de venta e impresora integrados". La misma página ofrece pedidos online "con horarios y fechas de entrega claros". No publica precios: se contrata con partners. Encaja si quieres báscula, caja y software del mismo fabricante, con un instalador.

Ninguna de las páginas que hemos consultado dice si el certificado metrológico de la báscula cubre la conexión con su TPV. Pídelo por escrito, como en cualquier otro sistema. Si vendes casi todo por pieza y la cafetería es la mitad de tu día, importan más el cobro rápido, la pantalla junto a la cafetera y los encargos. Lo que cuesta cada sistema, en [cuánto cuesta un TPV para restaurante](/precio-tpv-restaurante).

## Ejemplo: una panadería cafetería con Platomico

Pongamos una panadería de barrio con ocho mesas, que vende el pan por pieza. Su caja, [Register](https://www.platomico.com/register), pone "los productos que más salen, a un toque" y hace "modificaciones, extras, divisiones de cuenta y devoluciones" desde la misma pantalla, según su web. El pedido pasa a la pantalla de cocina en cuanto se cierra en caja, y esa pantalla puede estar junto a la cafetera.

Starter cuesta 69 € al mes por local, más IVA, porque sus [términos](https://www.platomico.com/terms) dicen que los precios no incluyen impuestos. Incluye la caja, la pantalla de cocina, "Horarios y fichaje" y Analytics Starter, pero "No incluye integraciones", según sus [precios](https://www.platomico.com/pricing). Con Starter cobras con el datáfono que te da tu banco, tecleando el importe. Para que el importe pase solo al datáfono, Platomico tiene integraciones con Revolut, Square y Stripe. Growth, de 149 € al mes más IVA, añade QR en mesa y pedidos por web, e "Incluye 2 integraciones": pregunta si cubren el datáfono. Su [web de pedidos](https://www.platomico.com/web-ordering) deja elegir recogida o entrega y pagar, pero no dice si el cliente puede escoger el día: pregúntalo antes de vender así los roscones. La instalación en el local es opcional y cuesta 399 € más IVA.

Platomico cumple Verifactu y TicketBAI. En el País Vasco, Platomico emite TicketBAI a través de un software inscrito en el registro. Pregúntale cuál es y compruébalo en la lista de tu diputación.

Dos límites. Funciona en la nube y no tiene modo sin conexión: si el internet cae a las ocho, necesitas un router 4G de respaldo, como contamos en [el TPV no funciona sin internet](/tpv-no-funciona-sin-internet). Y no se conecta a básculas.

Encaja si vendes por pieza, tienes cafetería y quieres caja, pantalla junto a la cafetera y fichaje en un sistema, con el datáfono de tu banco. No encaja si pesas a diario o necesitas vender sin internet.

**Escribe a Platomico:** https://www.platomico.com/demo?utm_source=blog&utm_medium=llms&utm_campaign=bakery-pos

## Qué probar en la demo

Lleva tu lista de productos y pide que lo hagan delante de ti.

1. Una barra, dos cruasanes y un café para llevar en un ticket. Mira el IVA de cada línea.
2. El mismo café para tomar en mesa: que llegue a la cafetera con el número de mesa.
3. "Pan del día anterior" con su precio, y las ventas por producto y hora.
4. Un roscón con señal: el ticket de la señal y el de la recogida.
5. Si pesas, una hogaza en la báscula y el certificado que cubre la conexión.
6. Apaga el router y cobra.

## Preguntas frecuentes

### ¿Qué IVA lleva el pan en 2026?

El pan va al 4 %, sea común o especial, como el de molde o el de Viena (Resolución de la Dirección General de Tributos de 24 de febrero de 2025, tras una sentencia del Tribunal Supremo). El pan común estuvo al 0 % entre enero de 2023 y septiembre de 2024 y al 2 % de octubre a diciembre de 2024. La bollería y la pastelería van al 10 %. En Canarias se aplica el IGIC, y en Ceuta y Melilla, el IPSI.

### ¿Necesito una báscula homologada para vender pan al peso?

Necesitas una báscula con control metrológico. Una nueva lleva el marcado CE seguido de una M y el año (Real Decreto 244/2016, anexo III), y cada dos años pasa la verificación periódica (Orden ICT/155/2020, anexo I). Si el TPV calcula el importe con el peso de la báscula, pide al proveedor que confirme por escrito que su certificado cubre esa conexión. Verifactu afecta al programa que emite los tickets. Si tu báscula imprime los tickets de venta, ese programa también tiene que cumplirlo.

### ¿Puedo vender el pan del día anterior?

Sí, con condiciones. El pan común se vende en las 24 horas siguientes a su cocción. Pasado ese tiempo, solo si está separado del pan del día, con un cartel que diga que se coció hace más de 24 horas y avisando de palabra al cliente (Real Decreto 308/2019, artículo 15.1). No puede estar en las mismas estanterías que el pan del día.

### ¿Cómo cobro la señal de un roscón de Reyes?

Con un ticket o una factura simplificada por el importe de la señal. El IVA de un pago anticipado se devenga cuando lo cobras (artículo 75.Dos de la Ley del IVA), y el reglamento de facturación obliga a documentarlo (Real Decreto 1619/2012, artículo 2.1). El roscón va al 10 %. El día de la recogida, cobras el resto con otro ticket que descuenta la señal.

### ¿Puedo poner «sin gluten» en el pan de mi obrador?

Solo si el producto, tal como lo vendes, no pasa de 20 mg de gluten por kilo (Reglamento de Ejecución (UE) 828/2014). En un obrador donde se trabaja harina de trigo es difícil asegurarlo. Desde el 1 de marzo de 2026, el pan hecho sin gluten que cumple la definición de pan común puede llamarse pan común (Real Decreto 142/2026).

### ¿Qué TPV elegir para una panadería con cafetería?

Si pesas a diario, uno que lea una báscula verificada: Ágora y Hiopos publican esa conexión. Si vendes casi todo por pieza y la cafetería pesa en tu día, busca cobro rápido, una pantalla junto a la cafetera, divisiones de cuenta y encargos con señal. Platomico encaja en ese segundo caso por la caja y la pantalla junto a la cafetera, con el datáfono que te da tu banco. Pregunta cómo lleva los encargos con señal. No lee básculas ni funciona sin internet.

## Fuentes

- [Planes y precios de Platomico](https://www.platomico.com/pricing) — Platomico
- [Register, el punto de venta de Platomico](https://www.platomico.com/register) — Platomico
- [Web ordering, los pedidos online de Platomico](https://www.platomico.com/web-ordering) — Platomico
- [Términos y condiciones de Platomico, apartado 5](https://www.platomico.com/terms) — Platomico
- [Planes de suscripción de Ágora](https://www.agorapos.com/pricing/) — Ágora
- [Integración con Dibal](https://www.agorapos.com/blog/integracion/dibal/) — Ágora
- [Integración con Grupo Epelsa](https://www.agorapos.com/blog/integracion/grupo-epelsa/) — Ágora
- [Integración con Mettler](https://www.agorapos.com/blog/integracion/mettler/) — Ágora
- [Soluciones tecnológicas para panaderías y pastelerías](https://www.hiopos.com/es/panaderias-y-pastelerias) — Hiopos
- [Balanza TS20](https://www.hiopos.com/es/ts20) — Hiopos
- [Ley 37/1992, del Impuesto sobre el Valor Añadido, artículos 75 y 91 (texto consolidado)](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1992-28740) — BOE
- [Resolución de 24 de febrero de 2025, de la Dirección General de Tributos, sobre el tipo del IVA aplicable al pan](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2025-3950) — BOE
- [Consulta vinculante V0280-25, tipo de IVA del pan especial](https://petete.tributos.hacienda.gob.es/consultas/?num_consulta=V0280-25) — Dirección General de Tributos
- [Tipos impositivos en el IVA 2026](https://sede.agenciatributaria.gob.es/static_files/Sede/Tema/IVA/IVA_reperc/Tipos_IVA_2026.pdf) — Agencia Tributaria
- [Tipos impositivos en el IVA 2024](https://sede.agenciatributaria.gob.es/static_files/Sede/Tema/IVA/IVA_reperc/Tipos_IVA_2024.pdf) — Agencia Tributaria
- [Real Decreto 308/2019, norma de calidad para el pan (texto consolidado)](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2019-6994) — BOE
- [Real Decreto 142/2026, que modifica determinadas disposiciones en materia alimentaria, artículo noveno](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2026-4519) — BOE
- [Real Decreto 496/2010, norma de calidad para los productos de confitería, pastelería, bollería y repostería (texto consolidado)](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2010-7714) — BOE
- [Real Decreto 126/2015, información alimentaria de los alimentos sin envasar, artículos 4 a 6 (texto consolidado)](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-2293) — BOE
- [Reglamento (UE) 1169/2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor, anexo II](https://www.boe.es/doue/2011/304/L00018-00063.pdf) — Diario Oficial de la Unión Europea (BOE)
- [Reglamento de Ejecución (UE) 828/2014, información sobre la ausencia o la presencia reducida de gluten](https://www.boe.es/doue/2014/228/L00005-00008.pdf) — Diario Oficial de la Unión Europea (BOE)
- [Real Decreto 3423/2000, indicación de los precios de los productos ofrecidos a los consumidores (texto consolidado)](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2000-24118) — BOE
- [Real Decreto 244/2016, que desarrolla la Ley de Metrología, anexos III y VI (texto consolidado)](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2016-5530) — BOE
- [Orden ICT/155/2020, control metrológico de instrumentos de medida, anexo I (texto consolidado)](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2020-2573) — BOE
- [Real Decreto 1619/2012, Reglamento de facturación, artículo 2 (texto consolidado)](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2012-14696) — BOE
- [Real Decreto 1007/2023, sistemas informáticos de facturación, artículo 1.2 del reglamento (texto consolidado)](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2023-24840) — BOE
- [Ley 1/2025, de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario (texto consolidado)](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2025-6597) — BOE
